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Vivimos en la era de los reglamentos de privacidad y de las normativas pensadas para proteger los datos de las personas. En un mundo cambiante y decididamente tecnológico, garantizar la privacidad es fundamental para dar tranquilidad al ciudadano ante los ciberataques, sobre todo si nos referimos al empleo de malware y robo de información privada.

Si el RGPD es el reglamento que todas las empresas que utilicen datos de terceros deben cumplir (por ejemplo, en sus webs corporativas), el nuevo reglamento ePrivacy se refiere más a los programas y aplicaciones de mensajería instantánea y de servicios como Skype, WhatsApp, Gmail, Messenger, iMessage o Viber.

Como sabéis, o podéis intuir, cuando un usuario no acepta las condiciones de un servicio, no recibe ese servicio. Es decir, si queremos instalar una app y no aceptamos otorgar los permisos que nos solicita, no podremos seguir. Es así de simple. La aplicación no podrá funcionar si no tiene permisos y eso es todo.

ePrivacy permitirá utilizar servicios de mensajería sin la necesidad de consentir el uso de nuestros datos Clic para tuitear

En el terreno de las aplicaciones de mensajería, la gran mayoría solicita permiso para el tratamiento de datos personales, y la gran novedad del reglamento ePrivacy es que los proveedores de servicio deberán ofrecerlo tanto a los usuarios que acepten las condiciones, como a los que no.

La Comisión Europea publicó el pasado 10 de enero su propuesta de Reglamento de privacidad electrónica (ePrivacy) de la Unión Europea con la que se pretende garantizar la coherencia con el Reglamento General de Protección de Datos. ePrivacy será de aplicación directa en todos los Estados miembros y en teoría iba a entrar en vigor de manera simultánea con el de protección de datos.

Una novedad interesante del reglamento es que propone prescindir de los avisos informativos de las webs (la ventana emergente de aceptación de cookies, para ser más claros) y obtener el consentimiento a través del navegador, eligiendo la configuración de privacidad en la instalación. Es decir, que podemos elegir de antemano si aceptamos cookies, y cuáles de ellas específicamente desde la instalación de nuestro navegador.

En relación a esas aplicaciones de mensajería y comunicaciones que comentamos al principio, el reglamento es claro (y duro):

El presente Reglamento garantiza la libre circulación de datos de comunicaciones electrónicas y servicios de comunicaciones electrónicas en la Unión, que no será posible restringir ni prohibir por motivos relacionados con el respeto de la vida privada y las comunicaciones de las personas físicas y jurídicas y la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales

Es decir, no será posible negar el uso de un servicio de este estilo si la persona opta por no permitir el uso y almacenamiento de datos personales. Esto significa que para utilizar un servicio de comunicaciones electrónicas (el que sea) no estaremos obligados a aceptar condiciones sobre el uso de nuestros datos personales, algo que desde el punto de vista del usuario es la perfección, pero que a las empresas puede que no les caiga tan bien.

Muchas empresas, en especial las más pequeñas o los medios de comunicación independientes, viven de la publicidad dirigida por datos, algo que no sería viable si se permite que un usuario rechace las condiciones de uso de sus datos y acceda igualmente al servicio. Todo se basa en mantener un equilibrio, pero ciertamente esta vez parece que el reglamento propuesto estará más hacia el lado del consumidor que del medio de comunicación.

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